En marzo de 2025, el Decreto-Ley n. 36 del 28 de marzo de 2025, convertido posteriormente en la Ley n. 74 del 23 de mayo de 2025, introdujo cambios significativos en la regulación de la transmisión de la ciudadanía italiana por descendencia (iure sanguinis)

Principales novedades:

  1. Límite de dos generaciones
    La ciudadanía italiana ya no se transmite indefinidamente: solo pueden acceder a ella los descendientes hasta la segunda generación, es decir, aquellos que tengan al menos un padre o abuelo nacido en Italia
  2. Salvaguardias para solicitudes ya presentadas
    Se mantienen los derechos para quienes ya habían presentado la solicitud o recibido reconocimiento antes del 27 de marzo de 2025, ya sea en forma administrativa o judicial
  3. Ciudadanía para menores extranjeros o apátridas
    Los menores pueden obtener la ciudadanía si los padres lo manifiestan y el menor resida legalmente en Italia al menos dos años después de esa declaración O si la declaración se presenta dentro del año siguiente al nacimiento o reconocimiento/adopción
  4. Régimen especial para el reacquisition de la ciudadanía
    Quienes perdieron la ciudadanía italiana por naturalización antes de 1992 podrán recuperarla si presentan la solicitud entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027

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